Consejo Territorial de Planeación
¿Quiénes somos?
El Consejo Territorial de Planeación es el organismo constitucional de la sociedad civil para el ejercicio de la planeación participativa.
La Constitución Política de Colombia en el Artículo 340 y especialmente en las Leyes 152 de 1994 y 388 de 1997, otorgan un papel protagónico a los Consejos Territoriales de Planeación (CTP), como representantes de la sociedad civil en la planeación del desarrollo integral de las entidades territoriales.
Funciones
- Emitir concepto frente a la formulación del Plan de desarrollo de la respectiva entidad territorial.
- El seguimiento y la evaluación de las metas de continuidad, cobertura y calidad consideradas en el Plan de Desarrollo.
Analizar y discutir
el proyecto del
Plan de Desarrollo,
y emitir concepto.
Funciones
ocasionales:
Comité Consultivo
de los OCAD.
Emitir concepto
y formular
recomendaciones
al POT.
Realizar
seguimiento al
gasto con recursos
del SGP.
Marco normativo
El Artículo 340 de la Constitución Política de Colombia de 1991 crea los Consejos Territoriales de Planeación en sus diferentes escalas territoriales. CNP, CDP, CTPD y CTP, Consejos consultivos de planeación indígena.
Igualmente, las Leyes 152 de 1994, la cual relaciona los CTP como espacios de participación comunitaria, establece sus funciones, conformación, renovación, periodo y demás generalidades del escenario y 388 de 1997, estas son las principales leyes que rigen sobre el CTP y a nivel municipal existe el Acuerdo 28 de 2017 por medio del cual se actualiza el Sistema Municipal de Planeación del Municipio de Medellín.
Ley 152 de 1994 y sus Decretos reglamentarios
- Desarrolla lo referente a los Consejos Territoriales de Planeación como espacios de participación comunitaria para la planeación y el control social de las políticas de desarrollo económico, social, político, cultural y territorial de municipios, distritos y departamentos.
- Establece los lineamientos para la conformación y el funcionamiento del Consejo Nacional de Planeación y de los Consejos Territoriales.
- Determina que para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo de las entidades territoriales, se aplicarán las mismas reglas previstas para el Plan Nacional de Desarrollo, en cuanto sean compatibles.
Ver ley 152 de 1994
Ley 388 de 1997
Establece mecanismos para permitir a los municipios y distritos promover el ordenamiento de su territorio, en ejercicio de la autonomía.
En relación con el papel que juegan los Consejos Territoriales de Planeación en los Planes de Ordenamiento Territorial, el numeral 3 del Artículo 24, enuncia: “Una vez revisado el proyecto por las autoridades ambientales y metropolitanas, en los asuntos de su competencia, se someterá a consideración del Consejo Territorial de Planeación, instancia que deberá rendir concepto y formular recomendaciones dentro de los treinta días hábiles siguientes”.
Ver ley 388 de 1997
El CTP está integrado por los siguientes consejeros:
| No. | Nombres | Apellidos | En representación de: |
|---|---|---|---|
| 1 | Antonio | Gómez Nuñez | Los sectores económicos que agremien y asocien los productos agrarios |
| 2 | Martha Sofía | Lugo Nieto | Los sectores económicos que agremien y asocien pequeñas industrias |
| 3 | Tulio Ernesto | Tola | Asociaciones de microempresarios y artesanos |
| 4 | Héctor Emilio | Duarte Varón | Trabajadores sindicalizados |
| 5 | Javier | Cardona Parra | Instituciones de educación primaria y secundaria, publica y/o privada |
| 6 | José Yesid | Gaitán | Organizaciones culturales |
| 7 | Ernestina | Rodríguez de Varón | Organizaciones de mujeres |
| 8 | Daniel | Restrepo Angarita | Las juntas administradoras locales corregimientos |
| 9 | Luis Fermín | Bautista | Las otras comunidades étnicas |
| 10 | Jorge Eliecer | Vásquez Lamilla | La población víctima del conflicto |
| 11 | Juan Gonzalo | Torres Toscano | Las organizaciones que trabajan con adulto mayor |
| 12 | Diana Recio | Pineda Cañón | Las organización de población con discapacidad |
| 13 | Víctor Manuel | Sánchez Lozano | Las asociaciones de usuarios de salud |
| 14 | José Carmelo | Montalvo | Las asociaciones de acueductos comunitarios |
| 15 | Luz Nidia | Bustos Rojas | Las organizaciones de mujeres |
| 16 | María Udrei | García Correa | Las juntas administradoras locales de las comunas |
| 17 | Antonio Javier | Cuasmayan Benites | La comunidad indígena |
| 18 | Gonzalo Arturo | Reyes Rodríguez | Las organizaciones no gubernamentales del sector ecológico y defensa de los recursos naturales no renovables y medio ambiente |
| 19 | Héctor Manuel | López Acosta | Las juntas administradores locales corregimientos |
| 20 | María Elsy | Martínez Barbosa | Asociación de vivienda legalmente constituida |
| 21 | Orlando | Leyva Delgado | La sociedad tolimense de ingenieros y/o arquitectos |
| 22 | Renán | Hernández Romero | Los trabajadores independientes |
| 23 | Yolanda | Varona Mina | La comunidad Afro |
| 24 | Miguel Ángel | Lozano | Comité Municipal de Libertad Religiosa |
| 25 | Héctor Julio | Galindo Vargas | Las juntas administradores locales |
| 26 | Luis Armin | Vanegas | Asociaciones de profesionales |
| 27 | Ferney | Santofimio Fajardo | Organizaciones no gubernamentales |
| 28 | Fredy Giovanny | Amaya Cabezas | Población LGBTI |
| 29 | Nahir | Ramírez Osorio | Asociaciones de usuarios de bienes fiscales legalmente constituida |
| 30 | Renzo William | Cerón Quintero | Consejo Municipal de Desarrollo Rural |
| 31 | Sandra Etelvina | Cortes | Consejo Municipal de Cultura |
Mesa directiva
Período: marzo 2022 a marzo 2023
Héctor Manuel López
Presidente
En Representación de las Juntas administradoras locales por corregimiento.
Renan Hernández Romero
Vicepresidente
En representación de los Trabajadores Independientes.
Orlando Leiva Delgado
Secretario
Revista CTP
El Consejo Territorial de Planeación de Ibagué (CTP IBAGUÉ), ha considerado importante divulgar ante la comunidad ibaguereña aspectos esenciales de lo que es el CTP IBAGUÉ, sus funciones y su papel en el proceso de planeación
del Municipio.
Parte esencial de nuestro deber ser como ciudadanos, es participar activamente en aquellos asuntos que la constitución política ha determinado. Desde el CTP IBAGUÉ la sociedad civil a través de organizaciones sociales y comunitarias, hace seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo.
A continuación encontrará la revista digital del consejo territorial de planeación.
